Reglamento
Reglamento de los cursos de la Alianza Francesa de Rosario
La Comisión Directiva de la ALIANZA FRANCESA de ROSARIO (AFR) en ejercicio de sus funciones y de acuerdo con su Estatuto vigente, ha establecido el siguiente reglamento interno sobre los derechos y obligaciones de los estudiantes.
CAPÍTULO I: FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
- Misión:
Creada en París en 1883, la Alianza francesa es la red cultural más grande implantada a nivel mundial, con más de 820 asociaciones repartidas en 132 países.
La Alianza francesa tiene como misión:
- Proponer cursos de francés para todo público
- Dar a conocer y difundir la cultura francesa y francófona
- Favorecer la diversidad cultural y los lazos entre Francia y los países francófonos y el lugar de la Alianza, facilitando el intercambio cultural
- Transmitir las cooperaciones con Francia en todos los sectores: lingüístico, universitario, cultural, científico, etc.
- Valores
- La pasión por la lengua y cultura francesas
- La búsqueda de la excelencia
- La convivencia
- El diálogo y el intercambio cultural
CAPÍTULO II: CALIDAD DEL ALUMNO
Este reglamento se aplicará a todos los alumnos que cursen cualquier tipo de curso en las instalaciones de la AFR.
- Alumno de Cursos Internos:
Es ALUMNO de cursos internos de la AFR, toda persona que haya realizado el proceso de inmatriculación establecido por la Institución, y se le haya asignado un programa determinado, previo su conocimiento y aceptación de las condiciones en que éste se desarrolla.
- Alumno de Cursos Externos:
Es ALUMNO de cursos externos de la AFR, toda persona vinculada a cursos de francés mediante un convenio interinstitucional y se les asignará un programa o curso determinado.
CAPÍTULO III: INGRESOS, MATRÍCULAS Y PERIODOS ACADÉMICOS
- Formas de ingreso
Ingreso directo: estudiantes que no tienen conocimientos previos de francés e ingresan a nivel inicial.
Ingreso con examen de nivelación: los estudiantes que tienen conocimiento de francés pueden ser solicitados a realizar un test con el fin de validar su nivel para ingresar al nivel correspondiente de acuerdo al sistema de niveles de la AFR. El costo de dicho examen es a cargo del estudiante, que será indicado al momento de solicitarlo.
- Procedimiento administrativo de inmatriculación
Una vez definido el nivel correspondiente para cada estudiante, éste debe realizar el proceso de inmatriculación de la siguiente manera:
- Crear su cuenta en la plataforma de la AFR e inscribirse al curso deseado, o puede realizarlo en la AFR de manera presencial
- Cargar el certificado emitido por la entidad correspondiente para obtener los descuentos
- Realizar el pago correspondiente de matrícula y nivel completo o matrícula y primera cuota (si adopta el pago en cuotas)
- Tener el material pedagógico indicado por la institución en las condiciones exigidas. No se aceptarán fotocopias ni material que viole los derechos de autor.
- Firmar el Resumen de reglamento interno de cursos.
- Forma de Pago
- El pago de la matrícula es válido únicamente para el año en curso.
- Los pagos deberán realizarse a más tardar el día previo al inicio del dictado de clases del curso o taller al que se ha inscripto. Incluso para clases personalizadas, convenios con empresas, colegios y universidades.
- La falta de pago genera que el estudiante no pueda entrar a clase y/o que no pueda realizar las evaluaciones.
- La AFR no reconocerá ningún tipo de reembolso una vez iniciado el curso.
- Las cuotas deberán abonarse entre los días 1 al 20 de cada mes. Pasado ese plazo, se cobrará una penalidad del 10% o aquella que disponga la AFR.
- El arancel (matrícula y precio del curso/taller) no incluye el material didáctico, ni la inscripción a exámenes internacionales.
- No se realiza reembolso alguno del material adquirido en la Alianza
- En el mes del receso invernal se abona la cuota entera, ya que se encuentra contemplada en la totalidad de las horas cursadas en dicho trimestre.
- El alumno deberá realizar las evaluaciones de control continuo y final en tiempo y forma, si por causas de fuerza mayor no pudiese hacerlo, deberá coordinar con el profesor y si requiere un horario extra, deberá abonar el 0,05% del precio del curso.
- El número mínimo de estudiantes por curso es 7 y el máximo 20. Cuando sean menos estudiantes que el cupo mínimo, la AFR se reserva el derecho de ofrecer otra opción, si no le resultara conveniente, el alumno podrá recibir el reembolso de su pago.
- La AFR se reserva el derecho de cerrar o dilatar la apertura de un curso, cuando no se alcance el número de alumnos mínimo requerido, así como también de cambiar el profesor al iniciar cada nivel o en cualquier momento.
- En caso de abandonar el curso, el estudiante debe avisar a la administración, en cuyo caso, no corresponde reintegro de ningún tipo.
- Cuando se trate de clases personalizadas, si el estudiante no puede asistir, deberá avisar por lo menos con 24 horas de anticipación, de lo contrario, se descontará el número de horas previstas del paquete abonado, por ausencia sin previo aviso.
- Los gastos incurridos en el bar de la Alianza, no están incluidos en el arancel del curso, y corren por cuenta del consumidor.
- Periodos académicos
Basados en el Marco Europeo Común de Referencia para las Lenguas (CECRL), los cursos de la AFR enfocan la enseñanza del idioma francés respetando las cuatro competencias de comunicación: producción oral y escrita, comprensión oral y escrita, y la difusión de la cultura de los países francófonos.
El programa pedagógico de la AFR completo cubre el nivel A1 (elemental), A2 (elemental avanzado), el B1 (independiente), el B2 (independiente avanzado) y el C1 (dominio operativo eficaz).
En la organización de los cursos se toman en cuenta los días feriados anunciados al inicio del año de manera oficial, de modo que en el número de horas propuestas no se computan esos días, razón por la cual no se prevee recuperarlos.
Las clases no dictadas por inasistencia del docente y sin que se haya podido encontrar reemplazante, serán recuperadas previo acuerdo con el grupo; no así, las que se deban a paros, manifestaciones, inconvenientes climáticos o de fuerza mayor, ajena a la AFR.
CAPÍTULO IV: DERECHOS Y DEBERES
- Son derechos de los estudiantes:
- Recibir trato respetuoso sin discriminación alguna por consideraciones de sexo, raza, nacionalidad u origen familiar, lengua, religión u opiniones políticas o filosóficas.
- Recibir los contenidos establecidos en el módulo y en tiempo previsto.
- Recibir atención oportuna a sus inquietudes académicas y/o administrativas.
- Recibir 60 minutos reloj por hora de clase para cursos internos con un recreo de 10 (diez) minutos en los cursos de 2 horas de duración, o de 20 (veinte) minutos cuando las clases sean de 4 horas de duración. Conocer oportunamente los criterios de evaluación y los resultados.
- Ser evaluados con objetividad y confiabilidad.
- Recibir asesoría en caso de estudios en Francia a través de Campus France.
- Tener acceso a Culturethèque de la red de las Alianzas Francesas de Argentina y poder utilizar la biblioteca de la AFR, incluyendo el préstamo del material disponible.
- Ser informados oportunamente sobre las actividades académicas y culturales programadas por la AFR.
- Recibir el reintegro del valor del curso cuando éste no haya comenzado en la fecha prevista o cuando la devolución se solicite hasta 24 horas antes del comienzo del curso.
- Son deberes de los estudiantes:
- Respetar la libertad de expresión, así como la personalidad individual de todos los integrantes de la Institución sin discriminar por razón de ideología política, religiosa, filosófica, racial, social o de cualquier otra índole.
- Conocer y respetar la identidad de la AFR, aceptando sus principios y valores.
- Comprometerse y participar activamente en el buen desarrollo del curso.
- Conocer este Reglamento y comprometerse a respetarlo.
- Asistir con regularidad y puntualidad al setenta y cinco (75%) de las clases de cada módulo, sean cursos presenciales o en línea. El estudiante no está autorizado a ingresar a clase – presencial o en línea – después de 30 minutos de retraso.
- Presentarse con el material necesario para el buen desarrollo de la clase. Por respeto a los derechos de autor, no se permite el ingreso al curso con libros fotocopiados ni el uso de éstos, debiendo adquirirse el material legítimo. La única excepción se dará cuando falten unidades por problemas de importación o similares, en cuyo caso la AFR proporcionará unidades aisladas para garantizar la continuidad del aprendizaje.
- Presentarse a las evaluaciones en las fechas asignadas.
- Se permite el uso del celular en clase solamente con fines pedagógicos.
- No fumar en la institución ni usar sustancias indebidas o consumir bebidas no autorizadas.
- Por razones de seguridad, se solicita al alumno ser cuidadoso con la puerta de ingreso y asegurarse de cerrarla cuando el personal de la AFR no se encuentre en recepción.
- Respetar el buen uso de los espacios y las aulas, dejarlas en orden y limpias, sin residuos (papeles, botellas de agua, etc.).
- Utilizar en forma correcta las instalaciones, muebles y enseres, material audiovisual, equipos, material bibliográfico y demás bienes de uso común y de servicio de la entidad.
- Considerar la solución presentada por la Coordinación Pedagógica, en caso de cierre del grupo, debido a la ausencia de la cantidad mínima de alumnos para su sostenibilidad.
- Cancelar el costo anual de la matrícula, del material pedagógico adquirido y el de cada nivel o taller antes de iniciar el curso.
- Acatar las normas que impartan tanto las autoridades educativas como la Institución.
- Los alumnos podrán descargar su certificado de cursado y notas de las evaluaciones o solicitarlos en Administración. Pasados 5 (cinco) años del cursado, la AFR no se hace responsable por la pérdida de la información.
- Los alumnos deben cuidar sus efectos personales; la AFR no se hace responsable en caso de pérdida de pertenencias personales.
- Los estudiantes que ingresen en bicicleta podrán hacer uso del espacio previsto bajo su propia responsabilidad.
- En caso de crearse un grupo WhatsApp por el profesor y/o Administración, sólo será para fines académicos, administrativos y culturales, estando prohibido su uso para todo tipo de propaganda y/o mensajes políticos y/o religiosos. Toda comunicación por dicha vía vale como notificación.
CAPÍTULO V: EVALUACIONES
1-Formas de evaluación:
- La evaluación se referirá a las cuatro competencias : producción oral, producción escrita, comprensión oral y comprensión escrita.
- La evaluación cualitativa o formativa se hará de manera permanente a lo largo de cada nivel y al finalizar el mismo.
- La evaluación comprende el control continuo y el examen final.
- El acceso al nivel siguiente dependerá de la nota promedio de las evaluaciones antes mencionadas y del porcentaje de asistencia, que debe ser de 75%. Si el rendimiento académico es insuficiente, el alumno no podrá ser promovido al nivel siguiente y deberá repetir el nivel.
- No se permitirá el uso de teléfonos celulares en los exámenes.
- El alumno podrá pedir una revisión de sus evaluaciones hasta 5 días hábiles después de la entrega de la nota.
- El estudiante podrá descargar en la plataforma Arc en Ciel o en su defecto, solicitar en Administración la constancia de aprobación de nivel con la nota final, lo que le servirá para inscribirse en el nivel siguiente.
- Ausencia a Evaluaciones y Exámenes
- En caso de que el estudiante no pueda presentarse a un examen, deberá informar a su profesor lo antes posible y el profesor podrá ofrecerle una solución alternativa.
- El estudiante que no rinda el examen no podrá continuar el siguiente nivel y perderá el descuento pertinente, por tal motivo deberá contactarse con la coordinación pedagógica para acordar una fecha alternativa abonando el 0,05% del valor del módulo. Cuando la ausencia sea justificada por enfermedad u otra causa de fuerza mayor, previa presentación de la documentación que lo acredite, el estudiante conservará sus beneficios y no deberá abonar el examen.
CAPÍTULO VI: RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Los alumnos deberán comportarse respetando las normas de la institución y el Estatuto vigente, como así también el presente reglamento.
De no hacerlo serán pasibles de ser sancionados según la gravedad de la falta que se detalla a continuación:
- Faltas graves:
- Violación de las leyes penales dentro del establecimiento o contra personas vinculadas de cualquier manera a la institución.
- Amenazas y/o agresiones verbales o físicas contra profesores, compañeros o personal de la institución.
- Intento de agresión física.
- Daño intencional a bienes o instalaciones de la institución o de personas vinculadas de cualquier manera a la institución que se encuentren en la misma.
- Alteración, suplantación o sustracción de documentos o bienes.
En caso de comisión de una falta grave, la institución podrá realizar la denuncia penal pertinente ante la autoridad policial y considerará la expulsión al alumno.
- Faltas leves:
- Conductas que atenten contra el orden académico.
- Toda acción u omisión que atente contra los deberes que se le imponen al estudiante en el presente reglamento.
- Fraude o tentativa de fraude en las evaluaciones.
- Suplantación en el momento de presentar un examen.
- Sanciones
Amonestación privada: consiste en una llamada de atención por escrito y será impuesta por el director de la AFR.
Anulación de la evaluación: en caso de fraude, el examen será calificado con 0.0 por el profesor encargado de hacer la evaluación.
Suspensión: la suspensión por determinada cantidad de días será impuesta por el director de la AFR, ad referéndum de la Comisión Directiva.
Expulsión: consiste en la expulsión de la Institución sin posibilidad de reintegro, mediante decisión respaldada por la Comisión Directiva. Esta sanción será exclusiva para el caso de faltas graves.
Abonar el daño material en caso de haber dañado bienes de la institución. El mismo consistirá en cubrir el costo necesario para reponer el bien dañado a su estado anterior o, de no ser posible, adquirir otro bien igual de las mismas características.
Todas las sanciones se harán por escrito dejando constancia en la ficha del alumno y especificando con claridad el motivo que originó la sanción.
El estudiante será notificado de que se ha advertido una conducta que merece ser sancionada y se le otorgará la posibilidad de presentar un descargo y prueba que considere en un plazo determinado.
La resolución que contenga la sanción deberá ser debidamente fundamentada.
Las sanciones y resoluciones deberán ser notificadas al alumno de manera tal que éste pueda ejercer su derecho de defensa interponiendo el recurso de reconsideración por ante el Director de la AF y de revocatoria por ante la Comisión directiva.
CAPÍTULO VII: CURSOS PARA NIÑOS, JÓVENES Y SENSIBILIZACIÓN
MANUAL DE CONVIVENCIA
COMPROMISO DE LOS RESPONSABLES PARENTALES DE INFORMARLES A SUS HIJOS MENORES DE EDAD SOBRE EL PRESENTE REGLAMENTO Y CÓMO DEBEN COMPORTARSE, y que deben respetar:
- a los compañeros, los profesores y empleados de la institución, y escuchar sus sugerencias e ideas,
- el medio ambiente escolar y dejar el lugar limpio y ordenado,
- la infraestructura y el material didáctico de la institución,
- los objetos personales y los de sus compañeros,
- el reglamento de la biblioteca.
RESPONSABILIZARSE por
- el horario y la asistencia a las clases,
- las tareas y las actividades de la clase,
- las diversas actividades que programe la institución.
ABSTENERSE de:
- gritar, correr y hablar en voz alta en las aulas y espacios comunes,
- consumir alimentos – salvo permiso dado por la institución en casos específicos – o goma de mascar en clase,
- utilizar teléfonos celulares en el aula.
LOS PADRES DE ALUMNOS MENORES DE EDAD, se deben comprometer a:
- Responsabilizarse de que su hijo cumpla con las exigencias relativas al estudio en la Alianza Francesa (matrícula, compra del material didáctico, etc.).
- Pagar el curso la primera semana del nivel/mes.
- Informar cualquier cambio de teléfono o mail.
- Notificar al profesor y la administración el retiro de su hijo.
- Cumplir de manera estricta los horarios de clase.
- Notificar a la institución el retraso o la ausencia a clase.
- Retirar a su hijo menor de edad con puntualidad. La Alianza no se hace responsable de los alumnos cuyos padres o responsables se retrasen.
CAPÍTULO VIII: CERTIFICACIONES
- Diplomas internacionales de francés:
El Diploma Elemental en Lengua Francesa – DELF – y el Diploma Avanzado en Lengua Francesa – DALF – fueron creados por Decreto del 22 de mayo de 1985, expedido por el Ministerio de Educación de Francia. Estos son los primeros diplomas de francés lengua extranjera con validez internacional. La AFR es la única institución de la ciudad acreditada por el Gobierno francés para tomar dichas pruebas.
- No tienen carácter obligatorio para los estudiantes de la AFR; el alumno que desee obtener dicho diploma podrá hacerlo a su propio ritmo, pudiendo rendir el nivel que desee sin necesidad de haber rendido el anterior, y la vigencia de los diplomas no caduca.
- Una vez que los diplomas se encuentren disponibles en la Alianza, se informará por redes sociales y página web para que el alumno pueda retirarlos.
- En caso de pérdida del certificado o error en los datos cargados de origen, la AFR podrá proporcionar una constancia y el alumno deberá realizar el pago correspondiente por la reimpresión y envío del certificado.
2.Certificados de la AFR.
A solicitud de los estudiantes y únicamente por nivel cursado y aprobado, la AFR podrá expedir un certificado a través de la plataforma Arc-en-Ciel o desde Administración, en caso de inconveniente en la descarga.
Los certificados de estudio, constancias de asistencia y otros se solicitarán exclusivamente a la Dirección.
CAPITULO IX: DISPOSICIONES FINALES
- Ignorancia del reglamento:
La ignorancia del reglamento no puede invocarse como causal de justificación de su incumplimiento.
- Casos no previstos:
Los casos no contemplados en este reglamento, serán resueltos por el Director de la AFR y como segunda instancia, la Comisión Directiva de la institución.
- Protección de Datos
De acuerdo con la Ley 25.326 de Protección de los datos personales, el Titular presta su consentimiento y/o autoriza para que sus datos, facilitados voluntariamente, pasen a formar parte de una base de datos, cuyo responsable es AFR y cuya finalidad es: la gestión administrativa, educativa y/o comercial de la institución, así como el envío de comunicaciones comerciales y/o culturales sobre los productos y servicios de la AFR.
CAPÍTULO X: VIGENCIA
El presente reglamento está vigente desde su aprobación por la Comisión Directiva, en fecha del 16/12/2025.
